3. • Qué somos?? Coro o disonancia de voces?

Estimados amigos y amigas, como recordarán cada página de este blog es una propuesta que podemos cumplir en nuestro conjunto, desde la soledad, un representante (así tenga todas sus capacidades y experiencia) simplemente pierde su razón de ser, y los representados se alejan de los procesos, convirtiéndose en entes reactivos y no protagonistas como debe ser.

El día de hoy la propuesta se trata de la integración de todos y todas quienes aportamos en el IAEN, estos espacios en apariencia triviales son de suma importancia, nos ayuda a acercarnos, a no discriminarnos, conocernos, pero sobre todo RECONOCERNOS, además muchas iniciativas nacen y mueren en encuentros fortuitos, accidentales o de entretenimiento (BACOs), la asociación lleva tiempo (años) en el tintero......las voces en lugar de unirse en una sola voz como un coro, son como un zumbido que crece y se apaga....

Hay que comprender que el IAEN es una universidad dedicada a la educación de personas, y con aporte de PERSONAS, personas que van más allá de sus funciones en la institución sino que además nos merecemos espacios para compartir, espacios de salud (se nos fueron el médico y el odontólogo) un sitio para encuentros sociales (7mo piso por ejemplo) , un espacio temporal para integración, todo esto se puede conversar con las autoridades, porque no???

entidades como la SENPLADES incluso realizan paseos para integración de todos los que conforman la secretaría, en este ambiente de cisma y separación que nos hace daño, no deberíamos propugnar la construcción de puentes?? compañeros esta es la propuesta....

--BARRA NORMATIVA 1: Artículos relacionado debajo, Si ya lo conoces pasa a la barra 2--

LOSEP: Art. 23, Derechos de los y las servidores/as públicos, literal l) Desarrollar sus labores en un entorno adecuado, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar.

REGLAMENTO A LA LOSEP
DE LA SALUD OCUPACIONAL
Art. 228.- De la prestación de los servicios.- Las instituciones asegurarán a las y los servidores públicos el derecho a prestar sus servicios en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud ocupacional, comprendida ésta como la protección y el mejoramiento de la salud física, mental, social y
espiritual, para lo cual el Estado a través de las máximas autoridades de lasinstituciones estatales, desarrollando programas integrales. Para este fin las instituciones contemplarán en sus respectivos
presupuestos los recursos materiales y financieros necesarios.
...
Art. 229.- Del plan de salud ocupacional.- Las instituciones que se encuentran comprendidas en el ámbito de la LOSEP deberán implementar un plan de salud ocupacional integral que tendrá carácter esencialmente preventivo y de conformación multidisciplinaria; este servicio estará integrado por los
siguientes elementos:
a) Medicina preventiva y del trabajo
b) Higiene ocupacional
c) Seguridad ocupacional
d) Bienestar social

Las instituciones contempladas en el artículo 3 de la LOSEP, que cuenten con más de 50 servidores públicos u obreras u obreros, y en virtud de la disponibilidad presupuestaria, podrán implementar dispensarios médicos para brindar servicio de salud ocupacional a las y los servidores y obreras u
obreros.


Art. 230.- Medicina preventiva y del trabajo.- El plan contemplará un programa de medicina preventiva y del trabajo, a través del cual se desarrollarán todas aquellas actividades tendientes a promover y mejorar la
salud......
Art. 231.- Higiene ocupacional.- El plan de salud ocupacional comprenderá un programa de higiene ocupacional tendiente a identificar, reconocer, evaluar y controlar los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de las y los servidores y obreras u obreros.
Art. 232.- Seguridad ocupacional y prevención de riesgos laborales.- Las instituciones que se encuentran en el ámbito de la LOSEP, deberán elaborar y ejecutar en forma obligatoria el Plan Integral de Seguridad Ocupacional y Prevención de Riesgos, que comprenderá las causas y control de riesgos en el trabajo, el desarrollo de programas de inducción y entrenamiento para prevención de accidentes, elaboración y estadísticas de accidentes de trabajo, análisis de causas de accidentes de trabajo e inspección y comprobación de buen funcionamiento de equipos, que será registrado en el Ministerio de Relaciones
Laborales.

--BARRA NORMATIVA 2: Leyes relacionados arriba, Si ya lo conoces ve a la barra 1---

Amigos, amigas reitero quién sea nuestro(a) representante necesita el apoyo de todos y todas y una actitud activa de nosotros para alcanzar nuestros propósitos como servidores de la Universidad de postgrado del estado, descnonozco lo que es capaz de hacer (o no hacer) cada uno de nosotros, sé lo que puedo hacer yo y lo que no puedo, pero juntos lograremos la mejora....

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